Día 6 en el cuaderno de bitácora: Feliz Navidad 2018.

Buenos días,

esta entrada va dedicada a todo el mundo para expresar esta frase que tanto por estas fechas nos dicen y decimos: ¡FELIZ NAVIDAD!.

Os deseo lo mejor para esta Navidad y que la paséis rodeados/as de los vuestros y sobretodo sirvan de motivo para disfrutar de esos momentos de encuentro con las personas que más queremos. Y los/as que os tengáis guardia, que esta sea muy buena y la disfrutéis con los compañeros/as.

Y sobretodo ir pensando a ver lo que nos traerá Papa Noel, depende si hemos sido buenos/as o no.

Quería poner una frase para terminar que llevo días dándole la vuelta. He utilizado como base la frase de Arquímedes. A ver que os parece:

«Dadme una evaluación de riesgo y protegeré a todos/as los/las trabajadores/as».

Ahora sí: ¡Qué tengáis una Feliz Navidad!

Un abrazo.

Día 5 en el cuaderno de bitácora: Pliegos concursales de transporte sanitario y Prevención de Riesgos Laborales. ¿Son compatibles con la actual gestión de los concursos?

Buenas tardes,

Quiero empezar esta entrada con una pregunta que escrita en el título para que abrir un debate.

Para ponernos en el escenario quiero explicar por encima en contenido de un pliego concursal de transporte sanitario.

Un pliego concursal consta de diferentes partes y engloba todo lo referente al concurso. Normalmente esta formado (ejemplo TS/14):

Objeto: explica la función del concurso y refleja el territorio dónde se aplicará.

Descripción de las modalidades de transporte: define las características de cada modalidad de transporte. Aquí encontramos puntos en común para las modalidades:

  • Descripción del servicio.
  • Prestación del servicio.
  • Parque mobil.
  • Sistema de comunicaciones.
  • Recursos humanos.
  • Uniformidad.
  • Formación.

Subrogación del personal.

Prevención de Riesgos, higiene y seguridad.

Desarrollo.

Confidencialidad.

Inspección y control.

Presentación ofertas.

Dicho todo esto, entremos en materia. Cuando leemos un pliego concursal vemos que la administración o el departamento competente pone unas especificaciones concretas para todo el material, vehículos, etc. Y en el concurso TS/14 del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, creo que otros también lo especifican, que la empresa prestadora del servicio tiene de cumplir con la ley de PRL y la demás normativa concordante.

Aquí entramos en el dilema, el RD 773/1997 ( EPIs) y el RD 1215/1997 (maquinaria) cada uno de los RD marca que el empresario tiene de consultar y participar con los trabajadores para escoger los EPIs y la maquinaria que se utilizara. ¿Cuándo se redacta el pliego concursal a quien consulta la administración para escoger todo este material que especifica la ley?

Esta pregunta creo que es muy importante formularla, porque nos encontramos algunas veces que el material especificado en los pliegos concursales no cumple con la normativa de PRL. Y además si se consultara a los trabajadores sobre el material a poner en el pliego concursal creo que brindaría más seguridad y este estaría más adecuado a la realidad del día a día.

Introduzco otra variable: en los pliegos concursales algunas veces unos elementos no quedan bien especificados. Esta situación genera que el texto se pueda interpretar de muchas maneras. con la posibilidad que las empresas ganadoras utilizan conjuntos de materiales que no cumplirían la norma UNE EN-1789 (muchas veces una gran olvidada).

Para ir terminando y sobre mi humilde opinión: creo que se tiene de buscar una formula para que el material que se especifique en el pliego concursal lo puedan revisar y ayudar a escoger los usuarios finales de este. Porque muchas veces se están haciendo grandes inversiones en material que después al utilizarlo al día a día es peligroso o no cumple correctamente su función.

Hasta la próxima.

Día 4 en el cuaderno de bitácora: Uniformidad de trabajo para el transporte sanitario, ¿con o sin protección?

Buenas tardes , 

esta  entrada hoy es para tratar el tema de las diferentes modalidades de la uniformidad de trabajo dentro del transporte sanitario, tanto en las modalidades de transporte sanitario urgente y no urgente. 

Tenemos un pasado en el sector en la comunidad de Cataluña, donde se utilizaban y se utilizan aún uniformes de trabajo solo con el chaleco de alta visibilidad como EPI. Además, hay que considerar que nuestro sector tiene diferentes riesgos: biológicos, por las inclemencias meteorológicas, manipulación de cargas, etc.

Algunos de estos riesgos entran en el abanico de protección por una ropa de trabajo con protección. 

Vamos, a la practica: cuando salgo fuera de la comunidad autónoma de Cataluña y me fijo en los uniformes de trabajo que llevan los/las compañeros/as que trabajan en otras comunidades dentro los concursos de transporte sanitario, se pueden apreciar que los uniformes que llevan estos compañeros son del estilo de trabajos de conservación de carreteras. Además, a simple vista se puede apreciar una diferencia de calidad con los uniformes sin protección con los uniformes con protección.

Entremos en materia: 

  • Como he nombrado antes sobre el tema de la imagen y la apreciación con la diferencia de calidad. A simple vista se nota mucha la diferencia de imagen y sensación de calidad entre los uniformes que están compuestos porque todas las piezas son EPIs y los que no. Esta diferencia también viene marcada por qué los EPIs vienen regidos por unas normas europeas e internacionales que además exigen unos controles de calidad más elevados que una ropa de trabajo sin protección.
  • La ropa con protección (EPIs) brinda a todos los trabajadores/as una seguridad muy importante ya que en nuestro sector tenemos unos riesgos importantes en las modalidades de biológico y de las inclemencias meteorológicas. Este escenario de seguridad también aporta un descenso en los diferentes riesgos psicosociales por el que anteriormente he mencionado en tema de comodidad, confianza y también el confort (inclemencias meteorológicas).
  •  Por todos los riesgos que nuestro sector tiene identificados en las diferentes evaluaciones, nos lleva a un escenario donde estos equipos exigen de una limpieza, desinfección, mantenimiento y almacenamiento para mantener los requisitos adecuados de protección y también recogidos por el RD 664/1997 de la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
  • Además, cuanto entramos en un sistema de uniformidad compuesta por EPIs esto nos brinda una mayor adecuación de la uniformidad a los/las trabajadores/as.
  • Nos abre a los delegados/as una puerta muy grande también en la participación sobre las características de esta uniformidad con protección. 
  • Una gran diferencia entre la uniformidad sin protección con una ropa de trabajo con protección:  es que cuando necesitamos un segundo uniforme porque el que llevamos nos hemos manchado tenemos en la empresa otro uniforme de nuestras características preparado, al tener la ropa de trabajo con protección. 

Quiero detallaros la protección que tiene de tener la uniformidad en el concurso TS/14 de la Catalunya: 

  • Polo de manga corta: presenta propiedades antimosquitos, eficacia antiolor, protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae, protección ultravioleta mínima de UPF 15+ y una tejido que garantice el máximo control de la transpiración y la temperatura corporal.
  • Polo de manga larga: presenta propiedades antimosquitos, eficacia antiolor, protección antiprofiliración mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae, protección ultravioleta mínima de UPF 15+, un tejido que garantice el máximo control de la transpiración y la temperatura corporal y tenga una resistencia termica mínima de 0,01 m2 C/W según la ISO 11092:1993
  • Pantalón: el tejido presentara un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993; una resistencia a la tracción mecánica conforme a la UNE-EN ISO 13934-1:1999 y una protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae.
  • Armilla de alta visibilidad: pieza de alta visibilidad clase 1/2 según la norma UNE-EN 471:2004+A1:2008, un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993; una resistencia a la tracción mecánica conforme a la UNE-EN ISO 13934-1:1999 y una protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae.
  • Chaqueta forro polar: protección contra ambientes fríos mínimo de clase 1/3/1 según la norma UNE-EN 14058:2004 (la chaqueta forro polar para ambientes fríos será de clase 3/3/1 según la norma UNE-EN 14058:2004), una transpirabilidad determinada y un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993.
  • Conjunto de parca y cubrepantalon: piezas de alta visibilidad 3/2 según la norma UNE-EN 471:2004+A1:2008, de protección contra la lluvia clase 3/3 según la norma UNE-EN 343:2004+A1:2008/AC:2010 y un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993.

Des de mi humilde opinión y también de la experiencia, en las diferentes modalidades de uniformidad, es un gran salto de seguridad tener una ropa de trabajo con protección. Nos permite realizar nuestro trabajo con una mayor seguridad y también nos ofrece un mayor confort en las diferentes situaciones que actuamos. También aporta una gran confianza saber que siempre la ropa esta en las mejores condiciones gracias que se realiza una limpieza, desinfección y mantenimiento adecuados.

Hasta la próxima.

Día 3 en el cuaderno de bitácora: Concursos públicos de transporte sanitario y Prevención de Riesgos Laborales.

Buenos días, 

hoy quería escribir una reflexión sobre si en los concursos públicos de transporte sanitario se contemple o se puede cumplir la ley y los diferentes Reales Decretos en materia de Prevención de Riesgos Laborales. 

¿Cuándo se formula un concurso público de transporte sanitario por parte de las diferentes administraciones se incluye en el precio todo lo relacionado con la Prevención de Riesgos Laborales?

¿Las empresas que se presentan a concurso en las propuestas y en el precio que ofertan incluyen toda la Prevención de Riesgos Laborales? 

Primero de todo: por los concursos que estoy informado, he vivido y vivo en todos siempre se utiliza la formula: gana quien lleva la mejor oferta técnica y económica. Las ofertas que he visto y veo ganar, podemos decir el 99 % son ofertas que se acercan al límite de la temeridad que establece el concurso. ¿Las empresas que se presentan a concurso en las propuestas y en el precio que ofertan incluyen toda la Prevención de Riesgos Laborales?

En casi todos los concursos una gran parte del dinero va destinado a los sueldos de los trabajadores. 

Viendo estas dos características que he enumerado anteriormente, ¿queda dinero para invertir en la PRL?

Segundo: en el sector del transporte sanitario, siempre hemos sido y somos un sector «muy verde» en tema PRL. Este punto es muy importante, porque quiere decir que todos estos concursos se crean con una base muy pequeña de PRL. Sonara una contradicción, pero en muchos de estos concursos algunas mejoras de PRL vienen marcadas por pliego concursal.

Todo esto viene relacionado porque no tenemos un historico en el sector des de la parte sindical de haber profundizado en temas de PRL.  

Tercero: un punto muy importante que muchos sabemos es que la PRL vale dinero. Si es verdad que la inversión inicial puede ser grande o muy grande, pero también esta inversión nos mejorará mucho la seguridad de los trabajadores y las trabajadoras. Y que también se vera plasmado en las bajas laborales, que se reducirán. Esto nos llevara a un futuro donde las jornadas perdidas y los diferentes gastos que producen las bajas laborales se irán reduciendo.

Cuarto: En la situación actual que cada vez vemos que la situación de la edad de jubilación se va alargando, ¿llegaremos a poder jubilarnos con buenas condiciones de salud los trabajadores y trabajadoras de los concursos públicos del transporte sanitario?

Viendo todo lo anterior expuesto, se plantea un futuro muy incierto. Hablando de los sistemas actuales de concursos públicos, en sector que esta «muy verde» en tema de PRL, cada vez tenemos una población mayor (significa que tendremos más trabajo), en entradas anteriores ya he hablado del tema que en unos años no habrá suficientes jóvenes para cubrir todas las jubilaciones que haya, etc. ¿ Qué futuro se nos presenta?

Quinto: El transporte sanitario es un trabajo multidisciplinar. Además, por nuestro trabajo y por las herramientas que tenemos ahora mismo no podemos llegar a cumplir todo lo que marca la ley en PRL. Situación que nos lleva a que muchos trabajadores y trabajadoras queden expuestos a lesiones, accidentes, a una perdida de salud, enfermedades profesionales,etc.

Quería hacer de esta entrada un espacio de reflexión.

En mi humilde opinión, creo que todos los trabajadores y trabajadoras del sector del transporte sanitario nos merecemos una protección de nuestra integridad física. Tenemos de trabajar todos los agentes implicados codo a codo para implantar medidas para mejorar la seguridad en nuestro trabajo.

Ahora en la situación actual de nuestro sector, y no se da un cambio de rumbo en materias de PRL , podemos llegar a cierta edad que nos convirtamos un gran gasto para las arcas de la Seguridad Social.  

Quería terminar con una pregunta: ¿Quién cuida a los/las profesionales que cuidamos de toda sociedad?