Día 12 en el cuaderno de bitácora: Integración en la actualidad de la camilla y silla de ruedas en las ambulancias A2.

Buenos días,

hoy quería tratar un tema para mí muy importante que es la integración de las ambulancias A2 de la camilla y sillas de ruedas (no es la silla de traslado) cogiendo de referencia la normativa EN-1789.

Según la norma EN-1789 en la tabla 9 de equipos para el traslado de pacientes en el número 4 detalla: Dispositivo para trasladar a un paciente sentado (a menos que a camilla en si posea la función de estos productos) marca la normativa EN 1865-1: 2010 y EN 1865-4: 2012. En ningún caso marca la normativa ISO 10542-1, que es la normativa para el traslado de sillas de ruedas con paciente en vehículos.

Entrado en el detalle de la situación, si nos fijamos en los vehículos actuales que llevan camilla y sitio para atar una silla de ruedas al lado, el sitio que hay es muy pequeño. Y cuando procedemos a sujetar una silla de ruedas y montamos los anclajes apreciamos:

  • en los anclajes traseros cumplimos los ángulos marcados por la norma 10542-1 de manera muy justa.
  • en los anclajes delanteros no cumplimos los ángulos tanto laterales como longitudinales que marca la norma ISO 10542-1.

Continuamos repasando la norma tenemos dos elementos o dos puntos más a destacar:

  • Actualmente muchas de las sillas de ruedas que son llevadas en los vehículos no cumplen con la normativa ISO 7176-19. Es una normativa en la cual marca los requisitos mínimos que tiene de tener una silla de ruedas para ser transportada en vehículos.
  • En la norma UNE 26494:2014 marca que el vehículo tiene de disponer de un respaldo y un resposacabeza. Actualmente, me parece que ninguna de las ambulancias preparadas para llevar camilla y silla de ruedas lleva este sistema. En las ambulancias que solo pueden llevar sillas de ruedas, muy pocas lo llevan instalado.

Para terminar, estamos en una situación muy peligrosa cuando se está llevando a un paciente en una silla de ruedas dentro del vehículo. Ya que no se cumple los mínimos que marca la norma, y estas sillas y pacientes en un accidente o en alguna maniobra de emergencia podría salir disparados contra el personal y los otros pacientes que hay en el habitáculo. O también ese mismo paciente le ocurriera algún daño que se podría dar contra la rampa de subida (son de metal) o contra alguna pared.

Además, hay que añadir que muchas de estas sillas tampoco cumplen con la normativa actual, en caso de accidente o de maniobra de emergencia se podrían romper. Dejando al paciente totalmente sin seguridad. También habría que tener mucho cuidado del estado de estas sillas ya que algunas están en muy mal estado. Se tendría de valorar si estas sillas en mal estado serían optimas para ir en el vehículo.

En mi opinión, creo que se tendría de trabajar para que los pacientes con sillas fueran con ambulancias adaptadas totalmente a la normativa.

Quiero dejar una reflexión: ¿A lo mejor no se ha incluido esta normativa de las sillas de ruedas en las ambulancias porque no se estaría cumpliendo el 10G?

Adjunto un artículo de la revista de la DGT sobre el transporte en sillas de ruedas, es del 2003, pero es muy interesante.

Un saludo.