Día 61 en el cuaderno de bitácora: Nuevas ideas para la seguridad vial.

Buenas a todo el mundo,

hoy en está entrada quiero hablar de varias propuestas que tengo para mejorar la seguridad vial, ya que los desplazamientos son una gran fuente de accidentes laborales.

Aquí van las propuestas:

– Tenemos muchas carreteras donde existen isletas para entrar y salir de los diferentes cruces. Pues una idea que estaría muy bien sería y ya he visto en algún cruce son sensores que detectan a los vehículos que se acercan en ambos sentidos de la marcha y avisan a la persona que conduce que quiere cruzar la isleta. Esto nos ayudaría mucho porque en algunos de estos cruces no hay mucha visibilidad.

– Con la misma temática que el anterior, en todos los cruces de carretera sería bueno instalar un sensor que detecte al vehículo que quiere salir y a través de alguna señal luminosa o integrar esta señal en la valla que avisará a los conductores que circulan por la vía.

– Después, para mejorar la seguridad del personal que va en moto sería muy bueno que todas las patas de la valla y señales estuvieran protegidas con algún sistema para evitar que el personal que va en moto se puede cortar o dar un golpe importante.

– Para terminar, el último son luces en la carretera para la niebla. Tenemos muchas carreteras secundarias y nacionales que se ven afectadas por la niebla y podría ser interesante instalar un sistema de luces tanto en la linea del medio como la de los lados para que marcar por donde discurre la carretera en caso de niebla. Y más con la tecnología solar que existe sería mucho más fácil de alimentar.

 

Espero que les haya gustado.

 

Un saludo.

Día 46 en el cuaderno de bitácora:Utilización de EPIs para el manejo seguro de los aceites de motor usado en talleres.

Utilización de EPIs para el manejo seguro de los aceites de motor usado en talleres de vehículos/maquinaria.

Esta comunicación viene aportar una posible solución para no exponer al personal que trabaja en talleres a los aceites de motor usado con el contacto con la piel.

INTRODUCCIÓN

Esta comunicación viene creado para aportar una posible solución para proteger el contacto del personal que trabaja en los talleres mecánicos con el aceite de motor usado- Pero también una reflexión ya que en España el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en su ficha 6 determina el aceite mineral de motor usado como cancerígeno. Pero buscando por normativas de otros países también se puede encontrar el aceite sintético de motor usado (The Office of Environmental Health Hazard Assessment (OEHHA), 2021).

MATERIALES Y MÉTODOS

El método que he utilizado para llegar a la utilización de los EPIs ha sido una evaluación muy protectora frente al personal, ya que el cambio de aceite en los talleres es una tarea muy habitual y costará mucho saber qué tipo de aceite de motor lleva el coche al que tenemos que realizar un cambio de aceite de motor. Revisando algunos estudios que dicen que existen 29,87 millones de coches en 2023 y hacen 12.646 kilómetros al año (estudio Arval 2020) y podemos contar cambio de aceite depende del coche, pero siempre se recomienda una vez año menos en los coches más nuevos que puede ser cada dos. Analizando estos datos, son muchos cambios de aceite que se pueden llegar a realizar. Con estos datos voy a realizar la exposición en dos partes: primera las razones para adoptar una postura tan restrictiva en la protección y la segunda los EPIs a utilizar.

 Interpretación protectora.

En este apartado quiero expresar el porqué de la versión tan protectora en el manejo del aceite.
Primero quiero comentar que el tapón de aceite es de libre acceso para todos los conductores y en este caso es uno mis pilares. Porque el mecánico no podrá saber nunca qué tipo de aceite lleva el motor. Porque nos podemos encontrar que personas por diferentes causas les avise de  falta de aceite y/o en las comprobaciones de nivel de aceite que pueden hacer las personas propietarias pueden detectar un bajo nivel y por error puedan meter aceite mineral en el motor.

Equipos de protección individual.

Después de valorar la posible integración de medidas colectivas y que no tengan el efecto deseado, he apostado por una relación de Equipos de protección Individual según las diferentes situaciones donde el personal tenga contacto con el aceite de motor usado, según su exposición he escogido unos Equipos de Protección Individual u otros. La exposición de que hablo es el contacto del aceite motor usado con la piel del personal.

RESULTADOS

Partimos de la base que el personal tendrá que llevar una ropa de trabajo que disponga de un repelente de aceite y fluidos grado 5 por la norma UNE-EN ISO 14419:2000. Está ropa se hará cargo de su mantenimiento, limpieza y destrucción una empresa especializada.
Además, de:

CONCLUSIONES

Está comunicación viene a aportar una posible solución para el manejo seguro de los aceites minerales de motor usado en los coches, empleando diferentes equipos de protección individual para que el personal no tenga ningún contacto o el mínimo contacto con el aceite de motor. Y en algunos casos usar la doble barrera que nos proporciona la ropa de trabajo con el repelente más la bata, porque existen escenarios como las piezas de motor que puedan tener unos cantos afilados y se podría romper la bata de protección y tener la segunda barrera sería la ropa de trabajo con el repelente.

La otra función de esta presentación es crear un detonante para el pensamiento crítico, en referencia al aceite mineral de motor cada vez es menos usado, pero al no tener el control des de los talleres a saber que aceite lleve el vehículo en el momento de cambiarlo que estrategias de protección usamos. Porque en el mercado existe aún aceite mineral de motor para coches.

Para terminar, este esquema de protección también sería valido para los talleres de maquinaria pesada y maquinaria agrícola que en estos casos aún se usa mucho el aceite de motor mineral.

 

AGRADECIMIENTOS

Quería agradecer de una manera muy especial toda la paciencia aportada por mi hermano, mecánico de profesión, por resolverme todas las dudas que me han ido saliendo durante el transcurso de la elaboración de está comunicación. Y también quiero mencionar a los amigos y conocidos que trabajan en talleres mecánicos que han aportado su granito de arena. Sin todos vosotros no hubiera sido posible.

Bibliografía:

– Aceites minerales usados en motores. Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y O.A., M.P, 2021 . Disponible en: https://www.insst.es/documents/94886/2730585/Ficha+n%C2%BA+6+Aceites+motor+-+A%C3%B1o+2021.pdf/67cbcec7-e1a2-e72c-2c60-52d3604dfb53?t=1641254746025
– El aceite usado de motor. The Office of Environmental Health Hazard Assessment (OEHHA), 2021. Disponible en: https://www.p65warnings.ca.gov/sites/default/files/downloads/factsheets/Used_engine_oil_fact_sheet_es.pdf
– España, sexto país de Europa con mayor parque automovilístico. Auto-revista.com, 2023. Disponible en: https://www.auto-revista.com/texto-diario/mostrar/4155393/espana-sexto-pais-europa-mayor-parque-automovilistico-casi-30-millones-2021
– ¿Cuánto cuesta de media tener un coche en propiedad?. Minue(s) -Xataka.com, 2020. Disponible en: https://www.xataka.com/automovil/cuanto-cuesta-media-tener-coche-propiedad-1
– Estudios, análisis, previsiones y tendencias de la movilidad. Arval, 2020.Disponible en: https://www.arval.es/sites/default/files/inline-files/Arval_AMO_2020_0.pdf

Día 33 en el cuaderno de bitácora: PRL vs Ahorro energético.

Buenas tardes,

hoy les quería hablar de un tema creo que bastante polémico que son las temperaturas dictaminadas por el Gobierno. Estas temperaturas vienen marcadas por el RD 14/2022, de 1 de agosto, en el Título V Capítulo I. Donde marcan unas temperaturas para los edificios, donde muchos de ellos se ubican por no decir que en todos hay lugares de trabajo. Y las temperaturas marcadas son:

– para la calefacción máxima 19 grados

– para aire condicionado mínimo 27 grados.

Todo esto topa de frente con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, más concretamente con el RD 486/1997, de 14 de abril, en su Annexo III en su punto 3:

“3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones:

a) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC.

La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC”.

Como veis en la calefacción a 19 grados nos podemos encontrar que en invierno en trabajos sedentarios tenga frío y en verano con el aire condicionado han ido a máximos cogiendo el 27. ºC de trabajos sedentarios, pero si estamos delante de un trabajo donde se realicen trabajos ligeros, ¿qué pasará?

Ahora a profundizar más, sí que estamos en un momento delicado por el tema de la guerra de Ucrania y también por la escasead de materia prima para fabricar luz. Que depende de como lo miremos el tema de la luz se puede reflexionar que no se han hecho las políticas adecuadas. Pero no voy a entrar en este tema porque podríamos estar hablando horas y horas.

Pero sí que es verdad que esta ley deja el descubierto algo más importante, que es que la seguridad de las personas no tiene tanta importancia como el ahorro energético o que también las políticas de Europa muchas veces están Más centradas en condiciones de centro y norte de Europa que en el sur, y no se respecta la pluralidad de climas que tiene Europa.

Pero creo que con este paso se ha dado un avance a un futuro que mucha gente no quiere ver, donde primero que la salud de las personas prima otras cosas o intereses.

Y con esta reflexión quiero dar paso a una entrada más adelante en modo pensamiento interior sobre diferentes situaciones.

Y para terminar, quiero hacer una consideración porque me choca una cosa de este nuevo Real Decreto de Ahorro energético.  Porque más abajo de las temperaturas marcadas dice esto:

“Los umbrales de temperatura indicados anteriormente deberán ajustarse, en su caso, para cumplir con lo previsto en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

No tendrán que cumplir dichas limitaciones de temperatura aquellos recintos que justifiquen la necesidad de mantener condiciones ambientales especiales o dispongan de una normativa específica que así lo establezca. En este caso debe existir una separación física entre el recinto con los locales contiguos que vengan obligados a mantener las condiciones indicadas anteriormente”.

Así que ese ahorro energético de poco servirá porque en muchos de los lugares de estos edificios se realizan trabajos ligeros y podrán poner la climatización en los límites del RD 486/1997, de 14 de abril. O se podrá alegar que por confort termico del personal se tiene que poner otra temperatura.

¿Así de que sirve este Real Decreto de Ahorro de Energía?

 

Un abrazo.