Día 60 en el cuaderno de bitácora: Nuevo protocolo revisado para talleres y concesionarios para evitar exposición a agentes cancerígenos.

Como principales agentes cancerígenos dentro de los talleres y concesionarios de vehículos a motor son la exposición a humos diésel y el contacto con aceite mineral de motor usado.

 

Si que es verdad que cada vez más, se usan aceites sintéticos de motor, pero puede existir vehículos que aún lo usen. Hay estudios en otros países que también marcan los aceites sintéticos usado de motor también lo son.

 

Primero de todo, cabe identificar las zonas de exposición para para los humos diésel y nieblas de aceite de motor:

 

·      Zona de talleres.

·      Zona de exposición.

·      Zona de recepción de coches

·      Zona de exposición

 

En la zona de talleres, antes de entrar crearemos un espacio al aire libre donde se estacionará el vehículo de motor diésel para poner un filtro para los gases de los humos diésel y así poder acceder en las instalaciones. Este filtro se retirará cuando el vehículo este dentro y se tenga que enchufar a una extracción localizada. Además, cada vez que se use este filtre se marca la arrancada en el marcado que lleva, ya que su vida útil se cuenta por arrancadas. Y después para volver a mover el vehículo o sacarlo a fuera volveremos a poner el filtro. Todo esto se reforzará con extracción en todas las zonas de exista paso de vehículos que será contralada directamente por sensores de lectura directa que serán los que marcarán la velocidad de uso de esta ventilación.

En la zona de exposición de los vehículos utilizaremos el mismo sistema, aunque aquí el sí es verdad el movimiento es puntual, pero nos podemos encontrar que exista una comunicación directa o un mal aislamiento con el sector del taller y los humos se pudieran expandir. Cada vez que tengamos que sacar/poner un vehículo diésel utilizaremos el filtro para los gases de humo diésel y marcaremos su uso. También se dispondrá de una ventilación con un sistema de lectura directa que será que el marque la velocidad.

El sistema de extracción también llevará sensores instalados de los productos químicos que se desprenden de la combustión del motor de gasolina para evitar también la exposición a estas sustancias.

 

 

 

Y para la exposición a los aceites de motor usado, la normativa española marca que son aceites minarles de motor de usado, pero hay otros países que también hablan de los aceites sintéticos de motor usados. Se utilizará el siguiente protocolo que recoge la utilización de los siguientes Equipos de Protección Individual:

 

·      Guantes de nitrilo

·      Pantalla de protección contra líquidos cuando exista la posibilidad de proyección de líquidos.

·      Bata de protección PB6 de protección química.

·      Ropa de trabajo que disponga de un repelente de aceite y fluidos grado 5 por la norma UNE-EN ISO 14419:2000. Donde la empresa se encargará de su limpieza y mantenimiento a través de una empresa especializada.

 

Además de estas protecciones, cuando el cambio de aceite se realice por aspiración la maquinaria dispondrá unos filtros para evitar que partículas de aceites usados se vayan al aire del taller.

Y este protocolo recogerá que cuando el personal detecte manchas de aceite en su vestuario, tendrá que subir a cambiar la ropa de trabajo, pero antes se dará una ducha.

 

Con estas medidas se pretende proteger a todo el personal, tanto sea personal que realiza tareas en el taller, como el personal de recepción/entrega de los vehículos para el taller y el personal de ventas. Además, del resto de personal que este en las instalaciones realizando otras tareas.

 

 

Se realizarán las siguientes mediciones según la normativa según UNE-EN 689-2019 de:

 

–       Análisis personal de los humos diésel para identificar la materia particulada en las diferentes estancias de los talleres, establecer diferentes grupos de exposición según el lugar que estén ubicados/tareas.

–       Análisis personal de nieblas de aceites de motor, en la primera medición identificaremos diferentes grupos para exposición para ver el alcance y después focalizaremos al grupo/grupos que tenga exposición.

 

Anexo de referencias bibliográficas:

 

·      https://www.p65warnings.ca.gov/fact-sheets/el-aceite-usado-de-motor

·      https://www.atsdr.cdc.gov/es/toxfaqs/es_tfacts102.html

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Día 50 en el cuaderno de bitácora: Ruido en la almazara de aceite.

Buenos días,

Hoy les quería presentar una  posible solución al ruido que existe dentro de una almazara de aceite sobretodo cuando existe más de una persona trabajando en la planta de procesado.

Como muchos sabrán el proceso de prensado de las aceitunas para convertirlas en aceite hace mucho ruido. Aun teniendo la maquinaria bien revisada y con todos los mantenimientos, los niveles de ruido son muy altos.

Por eso es importante buscar buenas soluciones para el personal que trabaja allí. Para el personal que no entra en la zona de procesado es muy importante tener un buen aislamiento acústico de la zona de procesado a las otras zonas como puede ser las oficinas, la zona de envasado y almacenamiento de las botellas de aceite.

Pero para la zona de procesado sobretodo cuando existe más de una persona si les ponemos unos protectores auditivos con el aislamiento adecuado que nos ha marcado la dosimetría, es una solución a medías. Ya que cuando tengan que comunicarse dentro de la zona de procesado, estas personas se quitaran los protectores auditivos para poder hacerlo bien.

Por eso les quiero presentar una posible solución, que se utiliza en otras industrias, como son los protectores auditivos con sistema de comunicación. De esta manera, las personas siguen protegidas pero pueden comunicarse correctamente sin tener que quitarse la protección.

Pero existe un pequeño problema, que en caso de emergencia no reciban la señal acústica debido al no poder escuchar a la alarma. Aquí vienen otras dos posibles soluciones:

– Instalar señales de emergencia acústico-luminosas.

– En el canal de comunicación conectar un sistema que les avise en caso de saltar la alarma de emergencia.

 

Espero les haya servido la entrada y podemos llegar a ver muchos de estos sistemas en las almazaras de aceite.

 

Un saludo.

Día 47 en el cuaderno de bitácora: Protocolo para evitar los humos diésel en talleres y concesionarios de vehículos y maquinaria

Buenas tardes,

hoy quiero publicar un posible protocolo para minimizar los humos de los vehículos diésel en talleres y concesionarios de vehículos y maquinaria. Podrán salir muchos protocolos, depende de la visión de cada prevencionista, pero yo quiero aportar el mío.

Este protocolo tratará de evitar la propagación de los humos diésel des de la fuente y también aportando medidas en las instalaciones.

Empezamos:

– La primera medida será establecer antes de entrar al taller/concesionario una zona donde se aparcarán los vehículos para poder instalarles un filtro portátil a cada vehículo o maquinaria para las  partículas de los gases. Según dicen los fabricantes estos filtros tienen una eficacia entre el 95 % y el 99 %. Con esto ahora ya podemos entrar dentro. Esto servirá tanto para los vehículos/maquinaria que entren a taller y también para los vehículos a estrenar. Esta medida también se extenderá para los vehículos/maquinaria que tengan de moverse por dentro de las instalaciones interiores, como pueden ser expositores, movilizaciones para puesta a punto, etc.

– La segunda medida será en las instalaciones interiores tener un sistema de renovación de aire que estará conectado a diferentes medidores de elementos de los humos diésel que serán los que marcarán la velocidad de renovación de aire de las instalaciones. Para mejorar la eficacia del sistema, tendría que existir un circuito para taller y pulmones de coches interiores, y otro para concesionario. Además, de cada circuito tener unos intercambiadores de calor para tener un confort térmico adecuado en las instalaciones.

– La tercera medida es la instalación de extracción localizada en cada bancada de trabajo.

– La cuarta  medida será las medidas del artículo 6 Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Son estas:

1. El empresario, en toda actividad en que exista un riesgo de contaminación por agentes cancerígenos o mutágenos, deberá adoptar las medidas necesarias para:

a) Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.

b) Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada.

c) Disponer de lugares separados para guardar de manera separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir.

d) Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.

e) Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores.

2. Los trabajadores identificados en la evaluación de riesgos como expuestos dispondrán, dentro de la jornada laboral, del tiempo necesario para su aseo personal, con un máximo de 10 minutos antes de la comida y otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo. Este tiempo en ningún caso podrá acumularse ni utilizarse para fines distintos a los previstos en este apartado.

3. El empresario se responsabilizará del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa se envía en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

4. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo establecidas por el presente Real Decreto no debe recaer en modo alguno sobre los trabajadores.

Espero que os pueda servir de ayuda.

 

Un saludo.

Día 25 en el cuaderno de bitácora: Normativa sobre ropa de protección.

Buenas tardes,

hoy quiero tratar el tema de la ropa de protección.

Des de la pandemia del COVID-19 hemos oído hablar mucho de los diferentes grados de protección de la ropa.

A veces, nos podemos confundir porque es una normativa que en nuestros trabajos a pie de calle no está muy trabajada. Porque hasta el momento esta ropa se usaba en situaciones especiales.

Profundizaré con los tipos de ropa que se usan más en esta situación de COVID-19. Por ahora son tres tipos:

 

  • Tipo 6B: Ofrecen una protección limitada frente a salpicaduras de agentes biológicos y  de productos químicos líquidos. (UNE-EN 13034:2005).
  • Tipo 5B: Traje con conexiones herméticas frente a partículas sólidas (químicas o de agentes biológicos) suspendidas en aire. (UNE-EN ISO 13982-1:2005).
  • Tipo 4B: Herméticos a líquidos (quimicos o de agentes biológicos).  pulverizados.
    Hay una variantes que podemos ver en las fichas técnicas que pone PB, quiere decir que la protección es parcial. Como podrán ser unos delantales, batas, etc.

Y la asignación a cada tipo de servicio de las medidas de protección viene marcada por cada Servicio de Prevención. Aquí podríamos entrar en un debate de que traje es mejor para cada servicio, pero nos llevaría muchas horas. Porque como veis el Tipo 6B solo ofrece una protección limitada a salpicaduras y el 5B es hermético a las partículas solidas en el aire.

En mi opinión, en el traslado que no tengas posibilidad de contactos con salpicaduras utilizar los tipo 6B y en el resto de casos el tipo 4B.

Aquí os dejo la NTP sobre ropa de protección contra agentes biológicos del INSST: link. 

Y también unos manuales muy interesantes que pude encontrar en SICUR Madrid de la marca Steelgen, que son muy fáciles de comprender:

Steelgen 1

Steelgen 2 Ropa de protección.

Esta ropa normalmente es desechable (un solo uso), si fuera reutilizable vendría marcado en su ficha técnica del producto. Des de aquí, os animo a leerlas y poco a poco familiarizaros con ellas.

Hasta la próxima.

Saludos.

 

Día 24 en el cuaderno de bitácora: Dudas sobre la protección respiratoria frente al COVID-9 por parte de AEHI.

Buenos días,

Hoy creo esta entrada para daros a conocer un documento muy interesante sobre dudas de la protección respiratoria frente al COVID-19, este documento ha sido creado por la Asociación Española de Higiene Industrial.

Ya que actualmente tenemos muchos tipos de protección respiratoria y estamos un poco colapsados de tanta información.

Creo que este documento puede ser de gran ayuda y aportar más información sobre la protección que estamos utilizando.

Es muy recomendable leerlo.

Aquí os dejo el documento:

AEHI-Preguntas-y-respuestas-sobre-protección-respiratoria-frente-al-virus-SARS-CoV-2-v0-1

 

Hasta la próxima.

Saludos.

 

Día 17 en el cuaderno de bitácora: Debate de lavar la unidad y el material con EPIs expuestos al COVID-19.

Buenos días,

hoy quiero generar un debate sobre la limpieza de la unidad con los EPIs que el personal ha llevado con un contacto con COVID-19.

Este debate viene marcado porque en algunos protocolos de los servicios de emergencias marcan que el personal después de la exposición con un paciente con COVID-19,  sin quitarse los EPIs ni tampoco desinfectarlos tiene limpiar y desinfectar la unidad.

Según mi humilde opinión delante de esta situación podríamos estar exponiendo las superficies otra vez al virus.  Ya que el traje o bata  de protección que se lleva en estas situaciones, por mucho que se intente desinfectar siempre puede quedar alguna zona donde no este bien desinfectado. Dentro de la cabina asistencial hay muchos rincones o zonas donde no pueden quedar bien desinfectadas o que el personal por cansancio se olvide y de esta manera expongamos al mismo personal al riesgo o las siguientes pacientes que suban a la ambulancia.

Viendo lo anterior, lo mejor sería después de cada contacto el personal fuera a una zona donde se pudieran retirar los EPIs y poner de nuevos, para hacer la desinfección del vehículo. Y además, al terminar de todo este procedimiento el personal se pudiera duchar y cambiar de ropa.

Porque depende del tiempo y de cada persona, hay veces que el personal termina acalorado por llevar los EPIs, y si se alarga más esta situación con el calor que vendrá será peor. Como dicen varios expertos  el cansancio y el estrés llevan a errores, por eso lo mejor sería el personal intentara trabajar en las mejores condiciones posibles para protegerse ellos y a la ciudadanía.

Después de buscar un poco por la red he encontrado los procedimientos del SAMUR-Protección Civil que son muy interesantes y según mi punto de vista muy acertados, os dejo el link:

Medidas COVID-19 SAMUR Protección Civil. 

Para concluir,

creo que todo el mundo tendría de utilizar un protocolo igual al del SAMUR para proteger al personal y a todos los ciudadanos. Sé que hay comunidades más extensas, pero se puede instalar estos centros de descontaminación en los diferentes hospitales de referencia y bases operativas de las diferentes empresas.

Que todas las empresas se cedieran estas bases a las otras empresas que realicen un traslado a su zona para desinfectar el vehículo y al personal. Pero aquí viene el problema que es la uniformidad, dentro de la misma comunidad en el urgente normalmente siempre llevan el mismo uniforme pero con los logos de cada empresa; pero en el no urgente cada empresa lleva su imagen corporativa.

¿Viendo estas situaciones no seria más apropiado ir a una uniformidad idéntica  para cada transporte sanitario, y así de esta manera todo el mundo podría utilizar las diferentes bases dentro la comunidad autónoma con las prendas de imprevistos?

Un saludo, hasta la próxima.

 

Día 16 en el cuaderno de bitácora: Medidas higiénicas, trabajo y COVID-19.

Buenas tardes,

hoy quería hablar de algunas medidas higiénicas que marca el Real Decreto 664/1997 de 12 mayo con relación de las emergencias médicas, el transporte sanitario y el COVID-19.

Si revisamos el Real Decreto en el artículo 7 allí están todas descritas:

1. En todas las actividades en las que exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores corno consecuencia del trabajo con agentes biológicos, el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para:

a) Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.

b) Proveer a los trabajadores de prendas de protección apropiadas o de otro tipo de prendas especiales adecuadas.

c) Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores, que incluyan productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel.

d) Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.

e) Especificar los procedimientos de obtención, manipulación y procesamiento de muestras de origen humano o animal.

2. Los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.

3. Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas.

4. El empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

5. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo establecidas por el presente Real Decreto no deberá recaer, en modo alguno, sobre los trabajadores.

Las emergencias medicas y el transporte sanitario quedan recogidos dentro de este Real Decreto, pero no siempre así se cumple en el ámbito laboral este Real Decreto. Quiero aprovechar para dar mi punto de vista  y relacionar estas medidas con el COVID-19.

Vamos al tema:

Del punto 1 el apartado B es muy interesante en la actual Pandemia de Covid-19, ya que el personal no tiene todos EPIs necesarios para protegerse. Si estos no lo tienen se estarían vulnerando sus derechos a estar bien protegidos en términos de la ley. Pero cuando llega el momento de la rotura de existencias y no hay para nadie o llegan en cuentagotas, ¿qué pasa? Si miramos en la actualidad los EPIs los ha centralizado el Estado para repartirlos.

Pero hay algunas empresas que por la falta de EPIs les dan a los trabajadores  unos equipos de protección hechos por empresas o personas individuales sin cumplir con las reglamentaciones que marcan a nivel europeo. ¿Están estos trabajadores protegidos? Según cuenta algunas de estas personas estos equipos de protección hechos sin las reglas son incomodos o se rompen con facilidad. Esto quiere decir que se están exponiendo a los trabajadores. Este tema lo he querido exponer aquí y se me hacía muy largo, por eso que haré una entrada solo para este.

El punto 1 C, aquí en muchos lugares ya hay unos aseos correctos, pero muchas veces faltan los productos de limpieza ocular y los antisépticos de la piel. Porque muchas veces las duchas no están bien preparadas. Hay lugares en España que al hacer guardias en su domicilio este ítem no estaría cubierto.

El punto 1 D, en las empresas por la experiencia que tenga cuesta ver un lugar correcto o destino a guardar los EPIs. Normalmente, se guardan en los vehículos en las taquillas personales donde dejamos la ropa de trabajo y también la de calle. Además, muchas veces estos EPIs no están bien desinfectados ni revisados porque lo tiene de hacer el mismo personal y no hay una empresa o departamento especializado que se encargue de dar una buena trazabilidad a esos EPIs como también un buen mantenimiento.

El punto 2,  creo que si se cumple en el ámbito de nuestro trabajo es en muy raras ocasiones a finalizar el turno. En las comidas sí que se está cumpliendo pero al finalizar el turno no. Creo que casi todo el mundo toma las medidas higiénicas despúes de acabar el turno en su horario personal. Este punto es muy importante y además con la situación que vivimos porque de esta manera ponemos una barrera más porque el virus no se transmita a las familias de los trabajadores. Una de las medidas higiénicas estrella sería darse una ducha en el centro de trabajo.

En el punto 3, una de las mejores barreras que tenemos para no contaminar la ropa de calle. Pero creo que se cumple en muy raras ocasiones, ya que todo el mundo guarda en la taquilla de un solo departamento tanto a ropa de calle como la del trabajo y sus EPIs. En la situación actual viendo que el virus puede sobrevivir unos días a diferentes materiales, puede servir para transmitir el virus de una ropa  a la otra.

En el punto 4, uno según mi criterio de lo más importantes. El lavabo de la ropa de trabajo  y los equipos de protección por un departamento especializado o por una empresa especializada. En nuestro sector aun son muchos trabajadores que se llevan la ropa del trabajo y EPIs  para lavarlos a su casa,  porque muchas empresas solo lavan el que se aprecia que contenga manchas de sangre . En la situación actual del virus que estamos viviendo estas acciones  nos ayudan a propagarlos a nuestras familias. Esto se ve agravado aún más,  cuando llevas unos equipos de protección hechos de manera artesanal por personas que no son especializadas y cuando los EPIs se tienen que reutilizar. Por eso es muy importante el lavabo y descontaminación de la ropa de trabajo y los EPIs por parte de la empresa.

Para concluir, creo que todo el mundo nos tenemos de concienciar de la situaciones que estamos viviendo y hacer todo lo  posible para frenar el virus y también proteger a todo el mundo. Espero que algún día en nuestro sector se puedan cumplir estas medidas recogidas en el Real Decreto, y no solo en situaciones de pandemias, sino a diario y como rutina,  porque tratamos con diferentes agentes biológicos (a menudo no se aprecian a simple vista).

Un saludo, hasta la próxima.