Día 19 en el cuaderno de bitácora: retirada de un modelo de mascarilla N95 de la marca Garry Galaxy.

Buenas tardes,

hoy quería difundir una información que me ha llegado des de distintas fuentes sobre la retirada de una mascarilla de la marca Garry Galaxy marcada como N95 y de embalaje de color verde.

Esta mascarilla no cumpliría con la normativa UNE-EN 149:2001+A1:2010.

 

Adjunto el informe del INSST que me ha llegado:

21603920 Informe mascarilla N95 Garry Galaxy.pdf

 

Un saludo, hasta la próxima.

Día 17 en el cuaderno de bitácora: Debate de lavar la unidad y el material con EPIs expuestos al COVID-19.

Buenos días,

hoy quiero generar un debate sobre la limpieza de la unidad con los EPIs que el personal ha llevado con un contacto con COVID-19.

Este debate viene marcado porque en algunos protocolos de los servicios de emergencias marcan que el personal después de la exposición con un paciente con COVID-19,  sin quitarse los EPIs ni tampoco desinfectarlos tiene limpiar y desinfectar la unidad.

Según mi humilde opinión delante de esta situación podríamos estar exponiendo las superficies otra vez al virus.  Ya que el traje o bata  de protección que se lleva en estas situaciones, por mucho que se intente desinfectar siempre puede quedar alguna zona donde no este bien desinfectado. Dentro de la cabina asistencial hay muchos rincones o zonas donde no pueden quedar bien desinfectadas o que el personal por cansancio se olvide y de esta manera expongamos al mismo personal al riesgo o las siguientes pacientes que suban a la ambulancia.

Viendo lo anterior, lo mejor sería después de cada contacto el personal fuera a una zona donde se pudieran retirar los EPIs y poner de nuevos, para hacer la desinfección del vehículo. Y además, al terminar de todo este procedimiento el personal se pudiera duchar y cambiar de ropa.

Porque depende del tiempo y de cada persona, hay veces que el personal termina acalorado por llevar los EPIs, y si se alarga más esta situación con el calor que vendrá será peor. Como dicen varios expertos  el cansancio y el estrés llevan a errores, por eso lo mejor sería el personal intentara trabajar en las mejores condiciones posibles para protegerse ellos y a la ciudadanía.

Después de buscar un poco por la red he encontrado los procedimientos del SAMUR-Protección Civil que son muy interesantes y según mi punto de vista muy acertados, os dejo el link:

Medidas COVID-19 SAMUR Protección Civil. 

Para concluir,

creo que todo el mundo tendría de utilizar un protocolo igual al del SAMUR para proteger al personal y a todos los ciudadanos. Sé que hay comunidades más extensas, pero se puede instalar estos centros de descontaminación en los diferentes hospitales de referencia y bases operativas de las diferentes empresas.

Que todas las empresas se cedieran estas bases a las otras empresas que realicen un traslado a su zona para desinfectar el vehículo y al personal. Pero aquí viene el problema que es la uniformidad, dentro de la misma comunidad en el urgente normalmente siempre llevan el mismo uniforme pero con los logos de cada empresa; pero en el no urgente cada empresa lleva su imagen corporativa.

¿Viendo estas situaciones no seria más apropiado ir a una uniformidad idéntica  para cada transporte sanitario, y así de esta manera todo el mundo podría utilizar las diferentes bases dentro la comunidad autónoma con las prendas de imprevistos?

Un saludo, hasta la próxima.

 

Día 16 en el cuaderno de bitácora: Medidas higiénicas, trabajo y COVID-19.

Buenas tardes,

hoy quería hablar de algunas medidas higiénicas que marca el Real Decreto 664/1997 de 12 mayo con relación de las emergencias médicas, el transporte sanitario y el COVID-19.

Si revisamos el Real Decreto en el artículo 7 allí están todas descritas:

1. En todas las actividades en las que exista riesgo para la salud o seguridad de los trabajadores corno consecuencia del trabajo con agentes biológicos, el empresario deberá adoptar las medidas necesarias para:

a) Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.

b) Proveer a los trabajadores de prendas de protección apropiadas o de otro tipo de prendas especiales adecuadas.

c) Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de los trabajadores, que incluyan productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel.

d) Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.

e) Especificar los procedimientos de obtención, manipulación y procesamiento de muestras de origen humano o animal.

2. Los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.

3. Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas.

4. El empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.

5. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo establecidas por el presente Real Decreto no deberá recaer, en modo alguno, sobre los trabajadores.

Las emergencias medicas y el transporte sanitario quedan recogidos dentro de este Real Decreto, pero no siempre así se cumple en el ámbito laboral este Real Decreto. Quiero aprovechar para dar mi punto de vista  y relacionar estas medidas con el COVID-19.

Vamos al tema:

Del punto 1 el apartado B es muy interesante en la actual Pandemia de Covid-19, ya que el personal no tiene todos EPIs necesarios para protegerse. Si estos no lo tienen se estarían vulnerando sus derechos a estar bien protegidos en términos de la ley. Pero cuando llega el momento de la rotura de existencias y no hay para nadie o llegan en cuentagotas, ¿qué pasa? Si miramos en la actualidad los EPIs los ha centralizado el Estado para repartirlos.

Pero hay algunas empresas que por la falta de EPIs les dan a los trabajadores  unos equipos de protección hechos por empresas o personas individuales sin cumplir con las reglamentaciones que marcan a nivel europeo. ¿Están estos trabajadores protegidos? Según cuenta algunas de estas personas estos equipos de protección hechos sin las reglas son incomodos o se rompen con facilidad. Esto quiere decir que se están exponiendo a los trabajadores. Este tema lo he querido exponer aquí y se me hacía muy largo, por eso que haré una entrada solo para este.

El punto 1 C, aquí en muchos lugares ya hay unos aseos correctos, pero muchas veces faltan los productos de limpieza ocular y los antisépticos de la piel. Porque muchas veces las duchas no están bien preparadas. Hay lugares en España que al hacer guardias en su domicilio este ítem no estaría cubierto.

El punto 1 D, en las empresas por la experiencia que tenga cuesta ver un lugar correcto o destino a guardar los EPIs. Normalmente, se guardan en los vehículos en las taquillas personales donde dejamos la ropa de trabajo y también la de calle. Además, muchas veces estos EPIs no están bien desinfectados ni revisados porque lo tiene de hacer el mismo personal y no hay una empresa o departamento especializado que se encargue de dar una buena trazabilidad a esos EPIs como también un buen mantenimiento.

El punto 2,  creo que si se cumple en el ámbito de nuestro trabajo es en muy raras ocasiones a finalizar el turno. En las comidas sí que se está cumpliendo pero al finalizar el turno no. Creo que casi todo el mundo toma las medidas higiénicas despúes de acabar el turno en su horario personal. Este punto es muy importante y además con la situación que vivimos porque de esta manera ponemos una barrera más porque el virus no se transmita a las familias de los trabajadores. Una de las medidas higiénicas estrella sería darse una ducha en el centro de trabajo.

En el punto 3, una de las mejores barreras que tenemos para no contaminar la ropa de calle. Pero creo que se cumple en muy raras ocasiones, ya que todo el mundo guarda en la taquilla de un solo departamento tanto a ropa de calle como la del trabajo y sus EPIs. En la situación actual viendo que el virus puede sobrevivir unos días a diferentes materiales, puede servir para transmitir el virus de una ropa  a la otra.

En el punto 4, uno según mi criterio de lo más importantes. El lavabo de la ropa de trabajo  y los equipos de protección por un departamento especializado o por una empresa especializada. En nuestro sector aun son muchos trabajadores que se llevan la ropa del trabajo y EPIs  para lavarlos a su casa,  porque muchas empresas solo lavan el que se aprecia que contenga manchas de sangre . En la situación actual del virus que estamos viviendo estas acciones  nos ayudan a propagarlos a nuestras familias. Esto se ve agravado aún más,  cuando llevas unos equipos de protección hechos de manera artesanal por personas que no son especializadas y cuando los EPIs se tienen que reutilizar. Por eso es muy importante el lavabo y descontaminación de la ropa de trabajo y los EPIs por parte de la empresa.

Para concluir, creo que todo el mundo nos tenemos de concienciar de la situaciones que estamos viviendo y hacer todo lo  posible para frenar el virus y también proteger a todo el mundo. Espero que algún día en nuestro sector se puedan cumplir estas medidas recogidas en el Real Decreto, y no solo en situaciones de pandemias, sino a diario y como rutina,  porque tratamos con diferentes agentes biológicos (a menudo no se aprecian a simple vista).

Un saludo, hasta la próxima.

Aplicar el proyecto de los respiradores en los EPIs.

Buenas tardes,

después de mucho tiempo de ausencia por temas personales y laborales   vuelvo a retomar el blog.

Aprovecharé para hacer también unas entradas con diferentes ideas que me vienen a la cabeza sobre diferentes situaciones que nos encontramos en el transporte sanitario y las emergencias médicas en la actual pandemia de COVID-19.

A  lo mejor las ideas que salen son todas ideas de bombero y no se pueden llevar a realizarse o si, quién sabe. Espero que si alguna de estas ideas es buena llegue a las personas que tiene que llegar.

Esta entrada quería comentar las soluciones que se han dado a la falta de respiradores. Que son las universas junto con expertos se han puesto a diseñar diferentes tipos de respiradores y después empresas de este país se han puesto a fabricarlos.

Actualmente, en el transporte sanitario y en definitiva en toda la sanidad faltan EPIs.

¿Por qué expertos y universidades se unen para diseñar los EPIs para proteger al personal sanitario del COVID-19, y después estos se llevan a cabo en el tejido industrial de nuestro país?

Además, hay que recordad que la  UNE  abrió las normas de diferentes EPIs a todo el mundo.

De esta forma, se podría reconvertir industria que ahora mismo no tenga producción o que esta sea muy inferior.

Saludos.

 

 

Día 14 en el cuaderno de bitácora: Calzado de seguridad para el personal que trabaja en ambulancias.

Buenos días,

Hoy quería hacer una reflexión sobre las características del calzado de seguridad que utiliza el personal en las ambulancias.

En la actualidad se están utilizando son botas de caña baja cumpliendo con la norma ISO 20345. Normalmente, son botas del sector de la metalurgia o botas de montaña.

Este calzado normalmente no se adapta bien al trabajo que hacemos, causa lesiones en los tobillos al bajar de los vehículos o al pisar en terreno irregular, entra agua, en condiciones climatológicas adversas no protege el pie, etc.

Mirando hacia el mercado del calzado de seguridad y también en la tecnología que va implanto creo que el nuevo calzado tiene de cumplir unos nuevas pautas , como estos:

  • Calzado de media caña en un diseño de bota táctica: Con este calzado evitaremos muchas lesiones en los tobillos y también serán unas botas muy cómodas para conducir ya que al ser bota táctica la construcción es más flexible en la parte trasera de la caña.
  • Forro de la bota que cumple con la ISO 16604: con este tejido (por ahora es el Gore Cross Tech) el personal queda cubierto frente la sangre, agua, virus, condiciones climatológicas adversas, nos brinda una buena transpiración del pie.
  • Sistema de liberación rápida: este elemento es muy interesante porque el personal se puede poner las botas y sacarlas de manera rápida, esto interesa sobre todo cada vez más en los tiempos de activación muy cortos.
  • Cumplir con la norma ISO 20345: esta norma nos ayuda sobretodo a llevar una puntera reforzada para posibles caídas de algunos elementos y también en la protección contra los hidrocarburos.
  • Suela Vibram: este modelo de suela nos ayuda a tener un agarre optimo y también una durabilidad.

Creo que todas estas características nos llevaran a que todo el personal se sienta muy cómodo y seguro trabajando en cualquier situación. Aún no he podido probar durante varios días una bota con todas esas características pero si me la he puesto en la feria de Fulda y fue un muy buen primer contacto.

Añadir que a este tipo de botas haría falta un mantenimiento y limpieza/ desinfección para mantener las cualidades de la bota en perfecto estado.

Muchos y muchas pensarán que a lo mejor una bota así no hace falta, pero cuantas veces el calzado se lleva salpicaduras de elementos biológicos y no se lavan o se quedan allí. O esos días de lluvia y frío que tenemos los pies mojados o helados. Como también cuando nos vomita un paciente y acaban las botas llenas. Esos días de guardia que terminamos con dolor en los pies. Y muchas más situaciones.

Espero que les haya gustado.

Saludos.

Día 13 en el cuaderno de bitácora: La importancia del RD 664/1997 en las medidas higiénicas del transporte sanitario.

Buenos días,

Hoy después de muchos quiero exponer un tema muy importante para la protección del personal que trabaja en el transporte sanitario.

Como todos/as sabemos hay un Real Decreto para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, es el RD 664/1997, de 12 de mayo. Viendo en el transporte sanitario, las Evaluaciones de Riesgos de las empresas reflejan el riesgos biológico, pero en pocas se cumple la totalidad de medidas de protección del RD.

En esta entrada quiero hablar sobre el artículo 7 de este RD, y profundizar en las medidas que cuesta más de implantar.

Voy a detallar estas medidas:

  • Punto 1 b) «Proveer a los trabajadores de prendas de protección apropiadas o de otro tipo de prendas especiales adecuadas». En la actualidad, con las mejoras tecnológicas que hay en vestuario y en EPIs para proteger al personal, hay que decir que pocas empresas utilizan estas barreras para proteger el personal.
  • Punto 1 d) «Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes de un nuevo uso.»En l’actualidad nos encontramos en el sector que muy pocas empresas tienen un lugar especifico para guardar los EPIs y también tienen contratado un servicio de mantenimiento adecuado.
  • 2. «Los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.» Este punto hasta el momento creo que hay muy pocas empresas que lo cumplen, por no decir ninguna. Quiero resaltar en este punto muchas veces llevamos pacientes que no sabemos que enfermedades contagiosas tienen, nos enteremos horas después por parte del hospital. Muchas veces estamos ya en casa. Por eso es muy importarte este punto para no ser transmisores de estas enfermedades.
  • «Al salir de la zona de trabajo, el trabajador deberá quitarse las ropas de trabajo y los equipos de protección personal que puedan estar contaminados por agentes biológicos y deberá guardarlos en lugares que no contengan otras prendas.» En la actualidad, nos encontramos que tenemos de guardar la ropa de trabajo y/o los EPIs en la taquilla donde guardamos la ropa de calle. Esta situación nos lleva a que podamos infectar nuestra ropa de calle y llevarnos enfermedades para nuestras casas.
  • «El empresario se responsabilizará del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo y los equipos de protección a que se refiere el apartado anterior, quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin. Cuando contratase tales operaciones con empresas idóneas al efecto, estará obligado a asegurar que la ropa y los equipos se envíen en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.» Poco a poco esta medida se va instaurando a todo la ropa de trabajo que llevamos, pero sí que es verdad que a los EPIs no se instaura. Hay que resaltar la importancia de tratar la ropa de trabajo y todos los EPIs por igual como marca este punto del RD.

Para concluir, quiero exponer que muchas veces trabajando no tenemos conciencia de la exposición a los riesgos biológicos porque con estornudos, contactos con pacientes al manejarlos, gotas de fluidos, etc. estas situaciones hacen que nuestra ropa de trabajo y/o EPIs queden impregnados y pueden ser un foco de infección para todo el personal y sus familias. Además, destacar que cada vez más los agentes biológicos tiene más resistencia y pueden perdurar más fuera de su hábitat.

En el transporte sanitario estamos en contacto con agentes biológicos de nivel 2 y 3 con mucha frecuencia y podemos llegar a nivel 4 en casos puntuales.

Por eso es muy importante cumplir con todas las medidas higiénicas marcadas por el RD 664/1997 y más que pueden ir llegando.

Espero les haya gustado.

Saludos.

Día 11 en el cuaderno de bitácora: ¿Casco de seguridad con norma EN 14052:2012 o casco de bombero con las normas EN 443:2008, EN 16471 y EN 16473?

Buenos días a todos y todas,

hoy el tema del blog ira sobre tipos cascos en el transporte sanitario (en las diferentes modalidades).

En la norma UNE-EN 1789:2007+A2 en la tabla 17 sobre equipos de protección marca que el casco para las ambulancias es el casco de seguridad que cumpla con la EN 14052:2012+A1:2012. Es tipo de casco está designado para altas prestaciones en la industria. Supongo que al ver la definición os debe dejar un poco en choque: ¿un casco para transporte sanitario (dónde se actúa en accidentes de tránsito, derrumbes, etc.) y que actualmente el casco designado sea un casco de altas prestaciones en la industria?

Este tipo de casco nos brinda una protección:

  • Protección contra caída de objetos y los impactos fuera de la cima.
  • Protección contra las lesiones cerebrales, las fracturas del cráneo y las lesiones del cuello que resulten de ellos.

Hay otras caracteristicas de protección que son opcionales: muy baja temperatura, muy alta temperatura, resistencia al calor radiante, resistencia a la llama, propiedades eléctricas, deformación lateral y salpicaduras metal fundido.

La experiencia que tengo yo con este modelo cascos  de altas prestaciones para la industria con una pantalla que tapa los ojos. Es un casco que para mi opinión no lo veo adecuado para el transporte sanitario ya que no protección contra la deformación lateral (algunas marcas si la han incorporado en modelos nuevos falta revisar con que carga se aplica) , no lleva pantalla facial completa, no tiene resistencia a productos químicos y tampoco resistencia al calor. Además, este casco solo tiene protección para la parte superior de la cabeza. La ventaja que le ven algunas personas es que es fácil poner y sacar el fonendoscopio.

 

Por otro lado tenemos el casco de bombero que cumple con las normas 443:2008, EN16471 y EN16473.
  • En 443:2008: cascos para lucha contra incendios en edificios y otras estructuras.
  • EN 16471:2014: cascos para lucha contra el fuego en espacios abiertos. 
  • EN 16473:2014 : Cascos para rescate técnico.

Viendo las normas que cumplen este tipo de cascos de bombero nos acercan un poco más a escenarios que nos podemos encontrar en el trabajo que realiza en el personal en las ambulancias. Ya que tenemos una norma que cumple con las condiciones en el rescate técnico que podría ser en accidentes de tráfico y otras situaciones como derrumbes, edificio en obras, etc. Las normas EN 443 y EN 16471 nos sirven para actuar en escenarios si alguna vez hay llamas y productos quimicos nos darían protección. En el panorama actual se están incluyendo chaquetones anti-corte y también que dan protección contra las llamas en las ambulancias. Revisando varias Evaluaciones de Riesgos ya identifican el escenario con fuego.

Si vemos un casco de estas características es un casco de tipo B, que quiere decir que té da una protección total a la cabeza. Hay una marca (MSA Gallet) brinda una protección tanto en la parte alta de la cabeza como la parte trasera. Añadir que las prueban de impactosón más exigentes que en el casco para altas prestaciones para la industria. Y además este tipo de cascos protegen a las personas que lo llevan en caso de atropello. Hay que destacar que estos cascos al ser más grandes tienen un peso más elevado.

La pantalla facial también cumple con varias normas de resistencia al impacto, resistencia a la abrasión y en algunas marcas (MSA Gallet) encontramos protección eléctrica. Sobretodo esta última nos brinda una protección en los coches eléctricos.

Además, este tipo de cascos también incluyen una protección en modo de visión ocular. Esta ventaja da al trabajador que pueda escoger según en la situación la pantalla facial o el visor ocular.

La desventaja que le ven algunas personas es que con este casco poner y sacarse el fonendoscopio es un poco más difícil.

Mirando para Europa, el personal de las ambulancias usa como casco un casco tipo bombero.

 

En mi opinión es mucho mejor el casco tipo bombero. Ya que da mucho más protección a todo el personal y nos brinda un plus de seguridad en según que situaciones. Destacar que también este tipo de cascos son más versátiles. Si ponemos el fonendoscopio y la seguridad en una balanza, para mí es más importante la seguridad. Habría que hacer un estudio también de las veces que se utiliza el fonendoscopio con el casco puesto.

 

 

Un saludo.

Día 5 en el cuaderno de bitácora: Pliegos concursales de transporte sanitario y Prevención de Riesgos Laborales. ¿Son compatibles con la actual gestión de los concursos?

Buenas tardes,

Quiero empezar esta entrada con una pregunta que escrita en el título para que abrir un debate.

Para ponernos en el escenario quiero explicar por encima en contenido de un pliego concursal de transporte sanitario.

Un pliego concursal consta de diferentes partes y engloba todo lo referente al concurso. Normalmente esta formado (ejemplo TS/14):

Objeto: explica la función del concurso y refleja el territorio dónde se aplicará.

Descripción de las modalidades de transporte: define las características de cada modalidad de transporte. Aquí encontramos puntos en común para las modalidades:

  • Descripción del servicio.
  • Prestación del servicio.
  • Parque mobil.
  • Sistema de comunicaciones.
  • Recursos humanos.
  • Uniformidad.
  • Formación.

Subrogación del personal.

Prevención de Riesgos, higiene y seguridad.

Desarrollo.

Confidencialidad.

Inspección y control.

Presentación ofertas.

Dicho todo esto, entremos en materia. Cuando leemos un pliego concursal vemos que la administración o el departamento competente pone unas especificaciones concretas para todo el material, vehículos, etc. Y en el concurso TS/14 del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, creo que otros también lo especifican, que la empresa prestadora del servicio tiene de cumplir con la ley de PRL y la demás normativa concordante.

Aquí entramos en el dilema, el RD 773/1997 ( EPIs) y el RD 1215/1997 (maquinaria) cada uno de los RD marca que el empresario tiene de consultar y participar con los trabajadores para escoger los EPIs y la maquinaria que se utilizara. ¿Cuándo se redacta el pliego concursal a quien consulta la administración para escoger todo este material que especifica la ley?

Esta pregunta creo que es muy importante formularla, porque nos encontramos algunas veces que el material especificado en los pliegos concursales no cumple con la normativa de PRL. Y además si se consultara a los trabajadores sobre el material a poner en el pliego concursal creo que brindaría más seguridad y este estaría más adecuado a la realidad del día a día.

Introduzco otra variable: en los pliegos concursales algunas veces unos elementos no quedan bien especificados. Esta situación genera que el texto se pueda interpretar de muchas maneras. con la posibilidad que las empresas ganadoras utilizan conjuntos de materiales que no cumplirían la norma UNE EN-1789 (muchas veces una gran olvidada).

Para ir terminando y sobre mi humilde opinión: creo que se tiene de buscar una formula para que el material que se especifique en el pliego concursal lo puedan revisar y ayudar a escoger los usuarios finales de este. Porque muchas veces se están haciendo grandes inversiones en material que después al utilizarlo al día a día es peligroso o no cumple correctamente su función.

Hasta la próxima.

Día 4 en el cuaderno de bitácora: Uniformidad de trabajo para el transporte sanitario, ¿con o sin protección?

Buenas tardes , 

esta  entrada hoy es para tratar el tema de las diferentes modalidades de la uniformidad de trabajo dentro del transporte sanitario, tanto en las modalidades de transporte sanitario urgente y no urgente. 

Tenemos un pasado en el sector en la comunidad de Cataluña, donde se utilizaban y se utilizan aún uniformes de trabajo solo con el chaleco de alta visibilidad como EPI. Además, hay que considerar que nuestro sector tiene diferentes riesgos: biológicos, por las inclemencias meteorológicas, manipulación de cargas, etc.

Algunos de estos riesgos entran en el abanico de protección por una ropa de trabajo con protección. 

Vamos, a la practica: cuando salgo fuera de la comunidad autónoma de Cataluña y me fijo en los uniformes de trabajo que llevan los/las compañeros/as que trabajan en otras comunidades dentro los concursos de transporte sanitario, se pueden apreciar que los uniformes que llevan estos compañeros son del estilo de trabajos de conservación de carreteras. Además, a simple vista se puede apreciar una diferencia de calidad con los uniformes sin protección con los uniformes con protección.

Entremos en materia: 

  • Como he nombrado antes sobre el tema de la imagen y la apreciación con la diferencia de calidad. A simple vista se nota mucha la diferencia de imagen y sensación de calidad entre los uniformes que están compuestos porque todas las piezas son EPIs y los que no. Esta diferencia también viene marcada por qué los EPIs vienen regidos por unas normas europeas e internacionales que además exigen unos controles de calidad más elevados que una ropa de trabajo sin protección.
  • La ropa con protección (EPIs) brinda a todos los trabajadores/as una seguridad muy importante ya que en nuestro sector tenemos unos riesgos importantes en las modalidades de biológico y de las inclemencias meteorológicas. Este escenario de seguridad también aporta un descenso en los diferentes riesgos psicosociales por el que anteriormente he mencionado en tema de comodidad, confianza y también el confort (inclemencias meteorológicas).
  •  Por todos los riesgos que nuestro sector tiene identificados en las diferentes evaluaciones, nos lleva a un escenario donde estos equipos exigen de una limpieza, desinfección, mantenimiento y almacenamiento para mantener los requisitos adecuados de protección y también recogidos por el RD 664/1997 de la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
  • Además, cuanto entramos en un sistema de uniformidad compuesta por EPIs esto nos brinda una mayor adecuación de la uniformidad a los/las trabajadores/as.
  • Nos abre a los delegados/as una puerta muy grande también en la participación sobre las características de esta uniformidad con protección. 
  • Una gran diferencia entre la uniformidad sin protección con una ropa de trabajo con protección:  es que cuando necesitamos un segundo uniforme porque el que llevamos nos hemos manchado tenemos en la empresa otro uniforme de nuestras características preparado, al tener la ropa de trabajo con protección. 

Quiero detallaros la protección que tiene de tener la uniformidad en el concurso TS/14 de la Catalunya: 

  • Polo de manga corta: presenta propiedades antimosquitos, eficacia antiolor, protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae, protección ultravioleta mínima de UPF 15+ y una tejido que garantice el máximo control de la transpiración y la temperatura corporal.
  • Polo de manga larga: presenta propiedades antimosquitos, eficacia antiolor, protección antiprofiliración mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae, protección ultravioleta mínima de UPF 15+, un tejido que garantice el máximo control de la transpiración y la temperatura corporal y tenga una resistencia termica mínima de 0,01 m2 C/W según la ISO 11092:1993
  • Pantalón: el tejido presentara un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993; una resistencia a la tracción mecánica conforme a la UNE-EN ISO 13934-1:1999 y una protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae.
  • Armilla de alta visibilidad: pieza de alta visibilidad clase 1/2 según la norma UNE-EN 471:2004+A1:2008, un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993; una resistencia a la tracción mecánica conforme a la UNE-EN ISO 13934-1:1999 y una protección antiproliferación mínima contra Staphylococcus aureus y Klebsiella pneumoniae.
  • Chaqueta forro polar: protección contra ambientes fríos mínimo de clase 1/3/1 según la norma UNE-EN 14058:2004 (la chaqueta forro polar para ambientes fríos será de clase 3/3/1 según la norma UNE-EN 14058:2004), una transpirabilidad determinada y un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993.
  • Conjunto de parca y cubrepantalon: piezas de alta visibilidad 3/2 según la norma UNE-EN 471:2004+A1:2008, de protección contra la lluvia clase 3/3 según la norma UNE-EN 343:2004+A1:2008/AC:2010 y un acabado repelente para aceites y fluidos de grado 5 según la norma UNE-EN ISO 14419:2000 y para agua grado 5 de la UNE-EN 24920:1993.

Des de mi humilde opinión y también de la experiencia, en las diferentes modalidades de uniformidad, es un gran salto de seguridad tener una ropa de trabajo con protección. Nos permite realizar nuestro trabajo con una mayor seguridad y también nos ofrece un mayor confort en las diferentes situaciones que actuamos. También aporta una gran confianza saber que siempre la ropa esta en las mejores condiciones gracias que se realiza una limpieza, desinfección y mantenimiento adecuados.

Hasta la próxima.